¿Qué trámites necesito para legalizar mi pozo?

Se puede legalizar su pozo mediante mediante sección B o concesión de aguas, sean subterráneas o superficiales.

Para la sección B debe cumplir los siguientes requisitos, como indica artículo 54 del texto refundido de la Ley de Aguas:

  • Consumo de agua menor o igual a 7.000 m3/año.
  • Que se trate de aguas subterráneas.
  • Que el pozo o sondeo se encuentren en la misma finca registral que el destino del agua.

Para el resto de casos, se requiere una concesión de agua.

Para conocer si puede legalizar su pozo mediante sección B, contacte con nosotros y valoraremos su caso con la mayor profesionalidad y la mejor atención. Le realizaremos todos los trámites necesarios con la mayor comodidad para el cliente.

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